¿Qué es el Modelo 303?
El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. En ella declaras el IVA que has repercutido a tus clientes (el de tus ventas), restas el IVA soportado en tus compras y gastos, y pagas la diferencia a la Agencia Tributaria — o te queda saldo a devolver o a compensar.
¿Quién está obligado?
Prácticamente todos los autónomos y empresas que realizan operaciones sujetas a IVA: comercios, hostelería, servicios, construcción… Da igual que el trimestre salga a cero: la obligación de presentar existe igualmente.
Plazos de presentación
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
Resultado: a pagar, a devolver o a compensar
Si repercutiste más IVA del que soportaste, toca pagar. Si fue al revés (típico tras una inversión grande, como equipar un local), puedes pedir devolución en el último trimestre o compensar el saldo en los siguientes. Ese saldo arrastra de un 303 al siguiente, así que un error en un trimestre contamina los demás.
Relación con el Modelo 390
Los cuatro 303 del año se resumen en el Modelo 390, la declaración informativa anual. Los datos tienen que cuadrar entre ambos: si el 390 no coincide con la suma de los 303, la AEAT envía requerimiento.
Cómo ayuda Toten a prepararlo
El módulo de contabilidad mantiene los libros de IVA y muestra un resumen trimestral del IVA repercutido y soportado. Ese resumen sirve para revisar y preparar el modelo; la presentación se realiza en la sede de la AEAT o a través de tu asesoría.